Se aceptan cohechos impropios, especias y metálico

miércoles, 24 de febrero de 2010

Losantos: ¡Que son inocentes!

«Tres tíos, repito, ¡que son inocentes! Y los han condenado a veintisiete mil años de cárcel por volar cuatro trenes que nunca pudieron volar»
.-Federico Jiménez Losantos, esRadio, Es La Mañana de Federico, miércoles 24 de febrero de 2010, a las 9:45 horas.


Ahí queda eso. Ha sido hoy en su tertulia (min. 00:44:55) con Carola Herrero, Tomás Cuesta y Carlos Cuesta, que se puede descargar en mp3 aquí.
Cada vez que lanzan otra campaña comercial a base de refritos, me acuerdo de Sísifo. La novedad es que en éste caso se trata de subir la audiencia de VEO TV.

Toda la pretendida polémica se limita a uno de los análisis de uno de los focos, la muestra M1 de El Pozo, por la aparición en 2007 de dinitrotolueno. Esa misma muestra fue analizada en 2004 por la Policía Científica, peritos Escribano y Cidad, y entonces no había dnt. Por otro lado, al analizar la Goma 2 ECO no explosionada de Leganés, se encontraron trazas de nitroglicerina en tres muestras. El director de la pericia de la Policía Científica lo contó así ante el tribunal:
la cantidad de muestra que yo puse en el vial tuvo que ser bastante elevada, después demostraré el porqué, cuando se me permitan ver otro tipo de muestras que están relacionadas con el mismo informe. Eh… esto me lleva a la conclusión de que si yo puse por encima de 45,84 miligramos por mililitro, y estoy seguro de que los he puesto, yo hubiera visto en esta muestra tanto nitroglicol, como nitroglicerina, como DNT. Y en ninguno, en ningún caso se ha visto, en ningún momento, nitroglicol o nitroglicerina, como aparece en la muestra M1 el año 2007.

A partir de esa anécdota hubo discrepancias sobre si se trataba de contaminación o si pudiera haber algún explosivo más en una de las 10 explosiones de los trenes. Repito: discrepancias sobre uno de los análisis en uno de los focos de explosión por la presencia de trazas dinitrotolueno aparecidas en 2007 que no estaban el 11 de marzo de 2004 a las 20 horas, tras el análisis de PC.
Así consta en la declaración de los peritos:
MF ZARAGOZA: ¿Los peritos que discrepan?

P2: Sí, sí, sí, claro. En un foco determinado.

MF ZARAGOZA: En un foco.

P2: No he dicho en todos.

MF ZARAGOZA: No en los 22 restantes.

P2: No, no. En uno. En la M1. Yo estoy discrepando en la M1.

P3: Yo también discrepo en la M1, es decir, suscribo la misma opinión que mi compañero que acaba de opinar.

MF: Pero no en los 22 focos restantes.

P3: En los 22 restantes, yo he indicado en mi informe que no puedo saber qué explosionó, que puede ser cualquier tipo…

MF ZARAGOZA: Cuál es la marca comercial concreta de la dinamita que explosionó.

P2: Sí, sí, también eso yo… En los 22 restantes, estoy en la misma línea que mi compañero.

Y creo que estamos todos de acuerdo. GB: ¿Sobre ese extremo hay acuerdo? ¿Que no se puede saber la marca comercial exacta que explosionó en los 23… en las 23 muestras?

P4: Cierto. P1: Cierto. GB: O sea, todos están de acuerdo en que la marca comercial no se puede determinar. Y hay

discrepancias de K y S, para entendernos, que están de acuerdo en que la M1 es otra cosa, y C, que es la que ha dicho lo de la marca que están todos de acuerdo. Por lo tanto, usted no discrepa ¿no?

P4: Perdón, yo discrepo también en la M1. GB: Sí. Usted también en la M1… Muy bien.

La contaminación intencionada fue descartada por todos los peritos. El juez insistió: ¿Todos la descartan? Y hubo respuesta unánime. Todos.
La explicación, en el caso de que hubiera varios explosivos, llegó por mano de una acusación cuando la abogada de A11MAT, María Ponte, expuso la hipótesis de una mezcla con pequeñas cantidades de Goma 2 EC como la encontrada en Mina Conchita (en el vídeo, 02:33:12).

Los días 18 y 19 de junio de 2004, la Guardia Civil realizó una inspección ocular en Mina Conchita y Mina Collada. En los análisis de muestras procedentes de Mina Conchita, en el informe 2854/Q/04 de 25 de enero de 2005 del Servicio de Criminalística de la Guardia Civil, se encontró nitroglicerina y dinitrotolueno (que no corresponden a la goma 2 eco, pero sí a la goma 2 ec y al titadine). Respecto al dnt el informe concluye que dos de las muestras eran Goma 2 ECO y dos Goma 2 EC, que «contiene dinitrotoluenos en su composición, usados como anticongelante y aglutinante, cosa que no ocurre con la Goma 2 ECO, que añade ftalato de dibutilo como combustible y carbonato de calcio como materia inerte».
En marzo de 2007, los peritos de parte de los terroristas, comunicaron a la sala que en El Pozo habían aparecido rastros de nitroglicerina, pero omitieron que en una proporción del 0.5%, lo que descartaba el titadine, dado que éste la lleva como componente básico y registra unas concentraciones de más del 10%, al contrario que la goma 2 ec. También se halló nitroglicerina en tres muestras de la goma 2 eco de Leganés.

Ante esto, la defensa de los terroristas arguyó que la goma 2 ec no se fabricaba desde 2002 (de la goma 2 eco de Leganés no dijeron ni pío), lo que era irrelevante puesto que en Mina Conchita había goma 2 ec en 2004, como quedó documentalmente establecido, goma 2 ec fabricada en 1998. La defensa de los terroristas afirmó tajantemente que la goma 2 ec no contenía nitroglicerina. Al día siguiente, la sala mostró un documento de Maxam con especificaciones de fabricación, donde incluía nitroglicol y/o nitroglicerina para la goma 2 ec, zanjando de este modo la cuestión, con gran enfado del tribunal porque algunos peritos intentaran colársela.

¿Y qué importancia tenía la traza de nitroglicerina en una muestra de un foco de explosión? Mínima. Así lo explicaron los peritos:
MF ZARAGOZA: Sin embargo, nitroglicerina, se ha detectado en una sola muestra.

P6: En una sola. La hemos buscado con lupa, en microscopio electrónico.

MF ZARAGOZA: En magnitudes, con lupa. Es decir, han bajado ustedes…

GB: Se refiere, insisto, como ayer, a los focos de explosión.

MF ZARAGOZA: Sí, sí, a los focos de explosión.

GB: Porque hay otras muestras donde sí hay nitroglicerina.

MF ZARAGOZA: A los focos de explosión, han encontrado en una sola.

P6: En una sola, pero usted no sabe a qué niveles, porque estamos viendo un pico ahí, pero eso hay que explicarlo. Estamos viendo, eh… como si… para que se entienda bien, eh… miligramos en tonelada. En una tonelada, buscar miligramos.

MF ZARAGOZA: Trazas de contaminación.

P6: Trazas. Vamos, son absolutamente cantidades ridículas.

MF ZARAGOZA: No de componentes. Es decir, si hubiera sido el componente, si hubiera sido Titadyne, la magnitud de nitroglicerina hubiera sido mayor.

P6: Por supuesto.

Por lo que, sometidos los argumentos a contradicción y terminada la vista oral (que es un sistema de prueba-error), las conclusiones quedaron reflejadas en la Sentencia y ratificadas en casación por el Tribunal Supremo. Lo que interesa para sentenciar lo aclara el propio Supremo:
si puede establecerse que la dinamita y los detonadores suministrados por él fueron utilizados en los atentados del día 11 de marzo. A los efectos de la determinación de su responsabilidad, es indiferente que el autor utilizara, además, otra dinamita diferente.

Cuestión que está sobradamente probada en la Sentencia:
De los informes periciales, cuyo contenido no se cuestiona en el motivo, tal como son recogidos en la sentencia, resulta que en todos los focos de los trenes han aparecido restos de componentes de Goma 2 ECO, que es dinamita utilizada en Mina Conchita, especialmente el dibutilftalato en un porcentaje superior al 1%. Según el razonamiento del Tribunal, está acreditado que el recurrente proporcionó dinamita procedente de Mina Conchita a Jamal Ahmidan, y a otras personas que lo acompañaban, en fechas anteriores y cercanas temporalmente al 11 de marzo de 2004, y que el citado Jamal estaba directamente involucrado en los atentados, como resulta especialmente de los hallazgos obtenidos en el desescombro del piso de Leganés tras la explosión. Es razonable, por lo tanto, concluir que la dinamita proporcionada por el recurrente a Jamal, Goma 2 ECO procedente de Mina Conchita, fue utilizada por éste en los atentados del 11 de marzo.
Es cierto que también aparecen, en menor porcentaje, restos de componentes que pudieran corresponder a Goma 2 EC o a Titadyne, como ocurre con la nitroglicerina o el dinitrotolueno FJ III.5 de la sentencia impugnada). Sin embargo, tal hallazgo, además de que, como hemos dicho, no afectaría a la responsabilidad criminal del recurrente, no impide de forma absoluta la anterior conclusión. De un lado porque el propio Tribunal no excluye la utilización de pequeñas cantidades de otra dinamita diferente; y de otro lado porque de la inspección ocular efectuada en la mina y de la testifical del Guardia Civil que intervino en la misma resulta, y así se establece por el Tribunal en la fundamentación jurídica (FJ III.5.5), que se comprueba la existencia, en la galería nº 1, de dos bolsas de dinamita Goma 2 ECO y además otras dos de dinamita Goma 2 EC, en buenas condiciones. Las bolsas de esta última clase de dinamita son de 2,5 kilogramos, tamaño que dejó de suministrarse en el año 2002, según se afirma en la sentencia. Por lo tanto, también podía proceder de Mina Conchita alguna cantidad de Goma 2 EC que hubiera sido suministrada a la explotación minera con fecha anterior a dicho año 2002. Además, en el nivel 2 de la mina se encuentra otra bolsa de Goma 2 EC con 16 cartuchos, de lo que se desprende que la presencia de esa clase de dinamita no puede considerarse absolutamente excepcional y pudo igualmente ser suministrada por el recurrente al grupo de Jamal mezclada con mayores cantidades de Goma 2 ECO.

Con la conclusión inevitable:
Por lo tanto, aunque el Tribunal no descarte la utilización de otra clase de dinamita, afirma que se ha utilizado Goma 2 ECO, lo cual vincula al recurrente con los hechos, y de los informes periciales, tal como son recogidos en la sentencia sin que en el motivo se haya alegado error por la vía del artículo 849.2º de la LECrim, unidos a la inspección ocular, también resulta que esa otra dinamita podría haber sido Goma 2 EC, igualmente procedente de Mina Conchita.

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