Se aceptan cohechos impropios, especias y metálico

jueves, 2 de julio de 2009

Multa a Mina Conchita por el absoluto descontrol de los explosivos usados el 11M

El TS confirma multa a propietaria Mina Conchita por abandono de explosivos

Madrid, 28 jun (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la multa de 150.000 euros impuesta a la empresa propietaria de Mina Conchita -de donde procedían los explosivos que estallaron en los trenes el 11-M y la que emplearon los suicidas de Leganés-, "Caolines de Merilles S.L.", por el "abandono" en que éstos se encontraban.

Así lo ha acordado la sala de lo contencioso-administrativo del Supremo en una sentencia, en la que rechaza el recurso que la citada empresa interpuso contra la referida sanción.

El Ministerio del Interior en 2005 acordó imponer a "Caolines de Merilles S.L." la citada multa por la comisión de una infracción muy grave tipificada en los artículos 23 y 24 de la Ley sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y en el 294 y 295 del Reglamento de Explosivos y al año siguiente la Audiencia Nacional confirmó esta decisión.

El 18 de junio de 2004, con motivo de la inspección llevada a cabo por la Intervención de Armas y Explosivos de Salas (Asturias) junto con la Policía Judicial, "pudo constatarse el estado de absoluto descontrol, abandono y pérdida de hecho de parte de los explosivos que habitualmente habían venido siendo utilizados por la misma para el desarrollo normal de su actividad".

Según explica la sentencia, se encontraron en estado de abandono numerosos cartuchos de explosivos y su estado de conservación era deficiente.

La empresa en su recurso ante el Supremo aporta otras sentencias para que este órgano unifique su doctrina, pero el Alto Tribunal únicamente señala que "en este caso no puede apreciarse contradicción entre la sentencia recurrida y las ofrecidas de contraste", por lo que confirma la resolución de la Audiencia Nacional.

Archivada la denuncia de AES basada en el libro Titadyn para reabrir el proceso del 11-M
Cuentan en un foro de peones negros que la denuncia ha sido archivada el pasado día 19 por el Juzgado de Instruccion nº 6 de Madrid. En el auto, que califica la denuncia de torticera y mendaz, se ordena poner en conocimiento del mismo a las personas mencionadas en el escrito de denuncia, por si "pudiera existir alguna lesión de sus derechos".

El 4 de junio de 2009 AES presentaba esta denuncia porque ante el libro Titadyn se evidenciaría “la realización de hechos presumiblemente ilícitos y constitutivos de delitos contra la administración de justicia de los contenidos en los artículos 458 y siguientes del Código Penal y concordantes por parte de los peritos, funcionarios y profesionales que intervinieron en la investigación de los hechos”.
Las personas a quienes acusaba de esos delitos son el Comisario Tedax Juan Jesús Sánchez Manzano; al perito químico Cedax 17.682; al Comisario Jefe Policía Científica Carlos Corrales; al Subdirector General de la Policía Pedro Díaz Pintado y comisario General de Información Jesús de la Morena; al General Félix Hernando Responsable de la UCO Guardia Civil; al alférez UCO Jaime Trigo; al actual Comisario Jefe de la Policía Científica, Miguel Ángel Santano; a los funcionarios: Pedro Mélida, José Andradas y Francisco Ramírez; al mando de la Policía Científica Alfonso Vega.

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