"Deben acogerse aquí, también íntegramente, los certeros argumentos consignados en el Auto impugnado, comenzando por decir que la cuestión planteada ha sido ya decidida en resolución firme de toda firmeza", "petición extemporánea y redundante".
"No pueden en modo alguno pretender que -con sentencia del TS o sin ella- la Sala acepte la utilización de un cauce anómalo o extravagante para vulnerar la vinculación de la cosa juzgada, formal y material, modificando -cuantitativa y/o cualitativamente- hechos ya declarados probados".
KRISTOPHER ZAIR PARRA OSORIO GRADO 6·
Hace 1 semana
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